Las parejas que conviven sin haberse casado ni registrado podrán cobrar la pensión de viudedad con solo tener hijos en común. El Consejo de Ministros aprobará este martes un real decreto ley que convierte la existencia de hijos en prueba suficiente de que había una pareja de hecho.
La norma, diseñada por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, llega a poco más de un mes de las elecciones del 29 de noviembre. Con el Congreso disuelto, deberá convalidarla la Diputación Permanente en el plazo de un mes.
Quién cobra más y quién puede reclamar
La medida de más alcance es la de la viudedad. Las solicitudes que ya fueron denegadas a parejas no casadas podrán revisarse durante los próximos 12 meses. Hasta ahora, quien no estaba casado ni inscrito como pareja de hecho tenía que acreditar una convivencia estable y notoria, un trámite que dejaba fuera a muchas familias.
El decreto incluye otras mejoras. Las mujeres con patologías asociadas a la menopausia y las víctimas de violencia machista cobrarán en incapacidad temporal el 60 % de la base reguladora hasta el día 20 de la baja y el 75 % a partir de ahí. La empresa paga el primer día y la Seguridad Social asume el resto desde el segundo.
Los huérfanos de violencia machista tendrán prestaciones contributivas de al menos dos salarios mínimos, y las no contributivas podrán llegar como máximo a esa cifra. El mínimo de las pensiones extraordinarias por actos terroristas no podrá bajar de dos salarios mínimos, 2.442 euros al mes, un 36 % más que el importe actual.
El Fondo de Garantía del Pago de Alimentos eleva de 100 a 300 euros el anticipo máximo por beneficiario y alarga su duración. Los progenitores de menores con cáncer o enfermedades graves podrán cobrar la prestación de cuidados a la vez o de forma alterna, y desaparece el límite de 26 años cuando el hijo tenga gran dependencia o una discapacidad importante.
Por qué importa
El Ejecutivo estrena con este decreto los llamados «martes sociales», una cita semanal de medidas de este tipo en el Consejo de Ministros, en pleno arranque de campaña. El texto toca a familias concretas: las que se quedan sin ingresos tras la muerte de la pareja con la que convivían, las que dependen de una pensión de alimentos impagada o las que cuidan a un hijo enfermo.
El decreto entrará en vigor con su publicación en el BOE. La Diputación Permanente tendrá un mes para convalidarlo, un plazo que acaba antes de las urnas.




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