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Domingo, 1 de noviembre de 2026

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El Supremo parte en dos a las familias de la ley de nietos: vota quien vive en España

La suspensión afecta a 163.020 nacionalizados inscritos en el censo del exterior. El Consejo General de la Ciudadanía denuncia ante la Junta Electoral que se aplicó sin oír a nadie

Redacción · 2 min de lectura · 0 comentarios
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Fachada del Tribunal Supremo en Madrid
Javier Perez Montes / Wikimedia Commons, CC BY-SA 4.0

Mabel y Lourdes Pérez son hermanas, españolas por el mismo abuelo emigrado a Cuba y nacionalizadas por la misma ley. El 29 de noviembre solo una podrá votar. Lourdes vive en Sevilla y conserva su derecho al sufragio. Mabel está inscrita en el Censo de Españoles Residentes Ausentes (CERA) y la orden del Tribunal Supremo la deja fuera.

El caso, que ha contado El País, retrata la grieta que ha abierto la decisión del alto tribunal: la suspensión cautelar alcanza a los nacionalizados por la ley de nietos que figuran en el CERA, unos 163.020, pero no a quienes se inscribieron como residentes en España o se mudaron aquí tras obtener la nacionalidad. La misma nacionalidad, el mismo origen y dos derechos distintos según la dirección del padrón.

Una denuncia ante la Junta Electoral

El Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior ha llevado esa desigualdad a la Junta Electoral Central, según ha recogido infoLibre. Sostiene que la medida se aplicó de forma indiscriminada, sin dar audiencia a los afectados y sin saber quiénes eran exactamente, y pide a la Junta que garantice la igualdad en el ejercicio del voto.

El Supremo ya rechazó el lunes el recurso del Gobierno, que había advertido de que cumplir la orden era «materialmente imposible». El tribunal antepuso, en su razonamiento, la seguridad, la veracidad y la transparencia del censo. Según elDiario.es, además, concedió solo cinco días a los afectados para acreditar que sus antepasados salieron de España entre 1936 y 1955 por la guerra o la dictadura.

Sin vía para el Gobierno

El margen para revertirlo es mínimo. Según El Salto, el Ejecutivo no puede elevar la causa al Tribunal Constitucional. Solo cabe el recurso individual de cada afectado por vulneración de derechos fundamentales, un trámite que difícilmente se resolverá antes del 29N, con las Cortes ya disueltas. Un magistrado ya advirtió, según el mismo medio, de que el adelanto electoral convierte en irreversible el daño al derecho de voto.

Entre los afectados hay quien ya prepara el pleito. Un argentino nacionalizado lo resume ante elDiario.es: «Es una grave violación de derechos, voy a recurrir». La asociación de descendientes lo expresa de otro modo: «Los descendientes no son conejillos de indias».

Argentina concentra buena parte del colectivo: recibió 645.000 solicitudes y unas 30.000 personas ya se han nacionalizado, según elDiario.es.

La Junta Electoral Central tiene ahora sobre la mesa la denuncia del Consejo General, y las elecciones son el 29 de noviembre.

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