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Lunes, 2 de noviembre de 2026

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Gabilondo lleva al Constitucional el veto al voto de 160.000 nietos del exilio

El Defensor del Pueblo pide medidas cautelarísimas contra el Supremo; el tribunal de garantías se reúne el lunes, a 42 días del 29N

Redacción · 2 min de lectura · 0 comentarios
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Fachada de la sede del Tribunal Constitucional en Madrid
Zarateman / Wikimedia Commons, CC0

El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, ha pedido al Tribunal Constitucional que desactive de urgencia las resoluciones del Tribunal Supremo que dejan sin voto el 29 de noviembre a más de 160.000 personas nacionalizadas por la ley de nietos. Lo ha hecho con un recurso de amparo presentado el viernes y con una petición de medidas cautelarísimas, las que se adoptan sin escuchar antes a las demás partes.

El argumento central es de calendario. «El sufragio se ejerce en una fecha concreta y no admite reparación posterior», sostiene el escrito. Si el Constitucional tarda y las elecciones llegan con la suspensión vigente, dice Gabilondo, el daño sobre un derecho fundamental ya no se podrá corregir.

Un certificado consular que, según el recurso, no funcionará

La Sala Tercera del Supremo dictó medidas cautelares el 10 de septiembre y las ratificó el 12 de octubre. Los nacionalizados por la disposición adicional octava de la Ley 20/2022 no entran con carácter general en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA). Para votar necesitan una certificación consular que acredite su caso de manera individual.

Según ha adelantado El Español, el propio recurso admite que ese mecanismo no podrá aplicarse en la práctica, por la ineficiencia administrativa de los consulados. Es decir, que la vía que el Supremo dejó abierta existe en el papel y no llegaría a tiempo. Gabilondo añade que el escrito responde a peticiones de particulares y entidades afectadas, y que la medida genera incertidumbre sobre quién puede figurar en el censo.

El Defensor pide además un pronunciamiento expreso sobre la interpretación del Supremo respecto a la suspensión de un derecho fundamental, el del voto.

Quién decide y quién se opone

El asunto está en manos del magistrado Enrique Arnaldo como ponente. La Sección Cuarta del tribunal, que preside, debe examinar el lunes si concede la suspensión cautelar antes de entrar en el fondo.

El partido Iustitia Europa, que promovió la denuncia ante la Junta Electoral Central el 28 de junio y el recurso ante el Supremo el 21 de julio, ya ha presentado un escrito urgente para oponerse. Su director jurídico, Luis María Pardo, advierte de que levantar las resoluciones sin darle audiencia supondría «alterar de hecho una situación jurídica construida dentro de la legalidad ordinaria». El partido sostiene que una suspensión de este tipo cambiaría las condiciones de las elecciones generales y tendría efectos irreversibles antes de que pudiera haber un recurso efectivo.

La discusión de fondo es quién debe poder votar entre quienes obtuvieron la nacionalidad por ser descendientes de exiliados. El Supremo ha aplicado un filtro caso por caso. El Defensor sostiene que, a efectos prácticos, ese filtro equivale a quitar el voto a una parte de los nuevos españoles.

La Sección Cuarta se reúne el lunes 19 de octubre. Las elecciones generales son el 29 de noviembre.

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